Entra en vigor la modificación del Código Técnico de la Edificación en materia de accesibilidad
15/03/2010

El pasado 12 de marzo entró en vigor el RD 173/2010, de 19 de febrero, por el que se modifica el Código Técnico de la Edificación (CTE), aprobado por el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, en materia de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad (BOE de 11.03.10).

El desarrollo de las condiciones de accesibilidad en el CTE se ha realizado con el grado de detalle y de especificación técnica que requieren, tanto la obligada armonización con el enfoque global del CTE como la necesidad de establecer el referente unificador efectivo, a cuya ausencia durante estos últimos años el Real Decreto 505/2007 atribuyó las desigualdades y discriminaciones que, a pesar de la indiscutible mejora global experimentada, presenta el actual panorama normativo de las condiciones de accesibilidad de las personas con discapacidad en los edificios en el ámbito autonómico.

La estrecha relación existente entre las nuevas exigencias de accesibilidad y el requisito básico ya presente en el CTE “Seguridad de utilización (SU)”, muchas de cuyas condiciones afectan, al igual que las de accesibilidad, a los elementos de circulación de los edificios, ha hecho aconsejable unir ambos requisitos básicos en uno solo, el cual pasa a denominarse “Seguridad de Utilización y Accesibilidad (SUA)” así como, consecuentemente, desarrollar dichas condiciones en un mismo documento básico, el cual se pasa a denominar “DB-SUA Seguridad de Utilización y Accesibilidad”.

Como excepción a lo anterior, las condiciones de evacuación de las personas con discapacidad en caso de incendio se incorporan al requisito básico “Seguridad en caso de incendio” (SI) y a su Documento Básico (DB SI), los cuales no precisan cambiar su denominación.

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